viernes, 5 de octubre de 2018

“Victoria sindical de las trabajadoras de Telemark”


En el verano de 2017, se hacían públicos los abusos que el Comité de empresa de Telemark  estaba recibiendo por apoyar a las sindicalistas despedidas y al conjunto de la plantilla en su lucha por unas condiciones de trabajo dignas. Denuncia que tuvo como consecuencia su despido, que finalmente terminó en una demanda judicial, que el Juzgado de León declaró procedente, pero que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha declarado nulo.
Ante esta victoria el PCE y la UJCE, que desde el primer momento estuvieron apoyando y asesorando a las trabajadoras, quieren manifestar su “satisfacción pública, ante esta victoria obrera, que nos demuestra que la lucha sirve”. Así lo ha expresado, Rubén Darío Marcos, secretario Provincial del PCE en un comunicado. En palabas del dirigente comunista, esta sentencia es una prueba de que “se puede y se debe luchar contra la precariedad y la persecución sindical, hay que organizarse y plantar cara, incluso en aquellos sectores que por novedosos, parezca más complicado”.

Las reivindicaciones de la plantilla del Call Center, efectuadas ya en el mes de julio de 2017 eran básicas. El Comité se expresaba así: "no dejan ponerse en pausa ni para ir a buscar agua ni beberla o tomar notas sobre el trabajo o sonarte la nariz”,  "no permitir ir a los trabajadores al baño, ya que hay que solicitarlo al coordinador, cómo en el parvulario" o  "la insistente llamada de algún coordinador a trabajadores de baja presionándoles para que les expliquen el motivo de la baja". Extremos, que son incumplimiento sistemático del convenio de Contact Center y la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL)
Ante esta situación el Comité de empresa puso una denuncia ante la Inspección de Trabajo, a lo que Telemark respondió despidiendo a la presidenta y secretaria del Comité. Por el aquel entonces, el PCE y la UJCE hicieron una denuncia pública y asesoraron a las trabajadoras, ante lo que consideraban “unas condiciones de trabajo indignas”, al tiempo que hacían una llamada a “a organizarse en sindicatos y comités de empresa para acabar con estas prácticas”.
Toda esta situación desembocó por un lado, en una movilización ante las puertas de la sede de Telemark, en el polígono de Onzonilla; y por otro lado, en una demanda judicial. Denuncia que, si bien en un primer momento en el caso de la presidenta del Comité, concluyó en León con la declaración de despido procedente –no así en el resto de casos, que se ganaron aquí-, la persistencia de las trabajadoras, les ha terminado por dar la razón. Ante este despido disciplinario presentaron un Recurso de Suplicación ante el TSJCyL, que ha declarado su nulidad. La empresa, señala el auto, “incurrió en vulneración de su derecho a la libertad de expresión y, en cuanto ejercitado en el cumplimiento de sus funciones de representación de los trabajadores, de la libertad sindical y, por tanto, debe ser calificado como nulo”, de acuerdo con el Estatuto de los Trabajadores.
Además condena a Telemark a la “inmediata readmisión en el mismo puesto, condiciones y efectos” de la demandante y a abonarle los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (1 de septiembre de 2017) y una indemnización por daños morales.